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“La defensa de Alberto Fujimori dará sorpresas”

Abogado de expresidente, Miguel Pérez Arroyo, en exclusiva

por | Ene 26, 2018 | Política, Titulares

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Abogado de expresidente, Miguel Pérez Arroyo, en exclusiva

 Defensor legal del indultado exmandatario asegura que estará en audiencia de la Corte IDH, aunque no podrá replicar

Miguel Pérez Arroyo sabe de la gran responsabilidad que le representa defender el indulto humanitario a Alberto Fujimori, personaje contra quien años atrás salió a las calles a protestar. Hoy, como su abogado, asegura que es hora que los peruanos aprendamos a perdonar y dejar de vivir con odio y rencores. Además dice que pronunciamiento de la Defensoría tiene “graves tintes políticos”. 

-Doctor, la Corte IDH ha rechazado la presencia de la defensa de Alberto Fujimori en la audiencia del 2 de febrero, ¿qué hará al respecto?

No digamos que ha rechazado, digamos que ha ajustado la presencia en la audiencia solamente a dos niveles: la presencia física y la intervención escrita. El ejercicio del derecho a la defensa va siempre a tres niveles: una es la presencia física de la defensa, otra es la presencia escrita y otra es la presencia contradictoria. Justamente la presencia contradictoria es la que garantiza de mejor manera el ejercicio a la defensa porque no solamente es cuestión que te escuchen sino también de que puedas replicar, que es lo que asegura un ejercicio absoluto de la defensa, que en este caso sería que yo pueda hacer el uso de la palabra.

-¿Por qué cree que la Corte IDH ha tomado esta decisión?

La Corte ha entendido que, como el señor Fujimori no es el emplazado directo en un proceso de supervisión de cumplimiento, no le corresponde ejercer el derecho de la contradicción. Me parece un error, porque se trata de una corte de derechos humanos, debería no ajustarse a las formas que establece el reglamento de la Corte Interamericana, sino ser mucho más flexible, a fin de garantizar y legitimar cualquier tipo de decisión que pueda tomar a futuro. Sin embargo, la Corte, en una decisión discutible, ha preferido solamente que nos pronunciemos por escrito, no podemos replicar lo que dice la parte contraria en medio de la audiencia. Eso ya será materia de juzgamiento internacional, finalmente, porque la Corte Interamericana, a diferencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, se ha caracterizado en los últimos años en asumir posiciones mucho más beligerantes sobre los derechos humanos para un lado de la historia.

-¿Esto quiere decir que la defensa del expresidente sí va a estar presente en la audiencia?

Obviamente, vamos a estar presentes, es posible incluso que organicemos una conferencia de prensa en la misma ciudad de San José [de Costa Rica] para dar a conocer los alcances de nuestra defensa, que ya la estamos terminando de construir a un 70, 80 %, y va a dar muchas sorpresas, porque hay todo un conjunto de opiniones bien fundadas a nivel internacional que hemos podidos recoger y la hemos puesto de nuestro lado.

-Se dice que el indulto humanitario se dio sin que el señor Fujimori tenga una grave enfermedad. ¿Esto es así?

El tema del señor Fujimori, no es que lo hayan indultado de manera genérica o común, el señor Fujimori ha sido indultado bajo una lógica extraordinaria humanitaria; esto es, si la pena hubiese seguido su etapa de duración o su lógica de ejecución en duración de años, lo más probable es que el señor Fujimori hubiese muerto en la cárcel, ¿por qué?, porque toda la información clínica de su informe médico, que dio en su momento el Inpe y las autoridades estatales, daban cuenta de una serie de patologías que le podían hacer sufrir una muerte súbita.

-Algunos ahora dicen que por el caso Pativilca, que hoy se ve el Colegiado B de la Sala Penal Nacional, Fujimori puede ser juzgado e, incluso, enviado nuevamente a prisión. ¿Esto es así?

No, en absoluto, no es una posibilidad jurídica objetivamente hablando. El caso Pativilca tiene varios niveles de apreciación, uno de ellos el que están hablando ahora mismo es el tema del plazo. El señor Fujimori, si bien es cierto el permiso que emite Chile para su enjuiciamiento es en junio de 2017, me parece, pero el señor Fujimori ya había sido incorporado al proceso en el año 2012, pero claro, una cosa es que lo incorporen como investigado y otra cosa es que lo incorporen como enjuiciado, no podía ser todavía pasible de acusación. El señor Fujimori fue incluido en el proceso en el año 2012 como investigado y se paraliza el proceso en 2015 producto que no se le podía formular acusación toda vez que no había una resolución autoritativa de Chile respecto a este tema (…) Entonces, es incorrecto decir que el señor Fujimori ha sido recién incorporado al proceso en junio de 2017.

Otro tema adicional. El señor Fujimori, en 2009 ya fue condenado a 25 años de cárcel, por el tema Pativilca lo están procesando por 25 años de cárcel también. Hasta el año 2006 se aplicaba en el Perú el delito de absorción, en que la pena más grave absorbía a la más débil; ¿qué sentido tendría volver a enjuiciar al señor Fujimori y ponerle una pena que no es más grave que la que anteriormente se le impuso? No tendría ningún sentido. Imaginémonos que lo condenen, la pena sería la misma y tendría que ser absorbida por la anterior, aún cuando no existe una supremacía de una sobre otra pero sí una conjunción en la que 25 contra 25.

El tercer elemento es, si el indulto está como está, y las razones humanitarias son las que la han justificado, hace que la pena fuera inaplicable también porque correría riego la propia vida del señor Fujimori.

-Entonces, ¿qué le corresponde a Fujimori?

Ahí lo que corresponde sería aplicar el derecho de la gracia, por los motivos que ya he explicado, convertir a Fujimori en un testigo.

-Usted es amigo y del entorno del juez César San Martín, quien condenó al expresidente Alberto Fujimori. ¿Cómo así llega a esta defensa?

Yo soy amigo del doctor San Martín, he sido su alumno, soy su discípulo, he trabajado con Pablo Sánchez también como su asesor, me he movido siempre, en el ámbito profesional, en lo objetivo, constitucional, de defensa de derechos humanos sin ningún problema. Yo publico el año 2009 un libro, en un fondo editorial al cual pertenezco, en el que analizábamos la sentencia al señor Fujimori junto a otros autores, como incluso el señor Ronald Gamarra, Víctor Cuba Villanueva, profesores de Brasil, de España, etc. El libro sale publicado, fue un éxito total, y recibo la llamada de un amigo que me dice que el expresidente había recibido en donación un libro y había mostrado bastante curiosidad por conocer al director de la publicación. Yo no era autor del libro al cien por cien, era director de la publicación. Recibo la invitación por una, dos, tres veces, y a la cuarta vez ya tuve que hacerle un espacio en mi agenda para ir a visitarlo. Le comento a algunos amigos de la posibilidad de ir a visitarlo y estos estaban en común acuerdo que una visita a una persona que quería hablar de un tema académico no implicaba un mayor compromiso ideológico, como hasta ahora no me compromete, porque yo no soy fujimorista, ni mucho menos.

-¿Qué conversaban en esa visita?

Me pide que lo vaya a visitar otra vez, fueron tres o cuatro veces que fui a visitarlo, cada vez me hacía más consultas sobre otros temas incluso, y ya luego me propone que lidere su defensa, lo cual yo acepté gustoso.

 

-La Defensoría del Pueblo ha cuestionado cómo se dio el indulto a Alberto Fujimori. ¿Qué tiene que decir al respecto?

Lo que te puedo decir es que ha sido más bien una declaración con graves tintes políticos, lo cual no es la función del defensor del Pueblo [Walter Gutiérrez]. Si bien es cierto la Constitución le reconoce, en su calidad de defensor del Pueblo, la posibilidad de supervisar el cumplimiento de las funciones estatales en sus diversas manifestaciones, ello tiene una lógica inmanente al ejercicio de su cargo, la de proteger a todos y cada uno de los ciudadanos –el pueblo–, que se relaciona con el Estado. Por ello existe en el organigrama de la Defensoría, defensorías adjuntas para temas específicos y, a partir de ellas, comisionados para temas concretos: derechos humanos, defensa del consumidor, derechos penitenciarios, etc.

La declaración del defensor del Pueblo ha atacado directamente a un particular, diciendo que su libertad es ilegal por haber sido objeto de un indulto que, estima el defensor, ha sido dado incorrectamente, sin decir por qué y cómo. (…) Ha atacado a un particular olvidándose que ese particular tiene derechos y como persona es el fin supremo de la sociedad y del Estado.

 

-Este tema del indulto genera posiciones a favor y en contra, movilizaciones que se seguirán dando. ¿Usted es consciente de la responsabilidad que le toca al defender esto?

Sí, soy consciente (…) Creo yo que todos tenemos una responsabilidad con el país, con la historia, y en este caso concreto me ha tocado esta responsabilidad, y se tiene que ver también una luz al final del túnel porque no le conviene al país seguir viviendo en este clima de animadversión, de odio y de rencor.

 

Imposible revertir indulto

-Ya le han preguntado al respecto, pero le consulto una vez más: ¿puede la Corte IDH de alguna manera revertir el indulto a Alberto Fujimori?

No, me rijo desde un punto de vista objetivo y material, ese es un imposible, por varios motivos. Uno de ellos es el objeto mismo de la audiencia, pues la intervención de la Corte en esta audiencia tiene por objeto supervisar el cumplimiento del Estado peruano en relación a tres puntos específicos: que no haya existido impunidad a nivel de investigación, a nivel de juzgamiento y a nivel de sanción; y esos tres niveles ya han sido cumplidos largamente por el Estado. Ha habido investigación en los casos Barrios Altos y La Cantuta, ha habido procesamiento en estos hechos y ha habido sanción; es decir, nadie se ha quedado sin pena, todos han sido penados, condenados a un número determinado de años.

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