Por: Iván Pedro Guevara Vásquez / EL PROCESO DE LICENCIAMIENTO, LA MORATORIA Y UNA INTERPELACION A LA GESTION DEL SUPERINTENDENTE.- El procedimiento de licenciamiento que emprendió la SUNEDU estaba originalmente diseñado para la evaluación de las universidades preexistentes a la instauración de tal procedimiento; pero también tenía que atender a la desactivación de la CONAFU, aunque la moratoria o prohibición a la creación de nuevas universidades se dio antes de la cancelación de la ANR a través de la Ley N° 29971, publicada el 22 de diciembre de 2012, que estableció una moratoria de cinco (5) años para la creación y autorización de funcionamiento de nuevas universidades públicas y privadas.
La misión de inicio de la SUNEDU, al reemplazar a la ANR, era clara: centrar su actividad de evaluación y supervisión en las universidades que se encontraban funcionando como tales; esto es, en las universidades existentes.
Por si fuera poco, el 25 de abril de 2018 se publicó la Ley N° 30759 que estableció una nueva moratoria de dos (2) años para la creación y autorización de funcionamiento de nuevas universidades públicas y privadas, así como suspendió por el mismo periodo la creación de filiales de universidades públicas y privadas.
Pero con fecha 5 de agosto de 2019, a través de la resolución del consejo directivo n° 105-2019-sunedu/cd, se otorga el licenciamiento institucional a la universidad Privada Peruano Alemana S.A.C, pese a no contar con actividad académica alguna, publicando en su página web: “el licenciamiento otorgado implica que la universidad podrá iniciar sus actividades académicas luego de haber demostrado que está en capacidad de cumplir con las Condiciones Básicas de Calidad (CBC) establecidas en la ley universitaria.”
En la práctica, la flamante universidad licenciada era nueva por cuanto no contaba con actividad académica; esto es, no ofertaba el servicio educativo a la fecha del licenciamiento obtenido.
Asimismo, con fecha 12 de junio de 2019, mediante la Resolución del Consejo Directivo N° 081-2019- SUNEDU/CD, se otorga la licencia institucional a la Universidad Tecnológica del Perú S.A.C para prestar el servicio en su sede principal y en siete filiales, de las cuales cinco serían nuevas filiales y, por tanto, no habrían tenido alumnos a la fecha del licenciamiento.
Sobre tales actos administrativos fue interpelado el actual ministro de educación, Martín Benavides Abanto, recientemente en el Congreso de la República, sin haberse planteado una moción de censura luego de la interpelación.
Mas ello no significa que queden en el aire legítimas interrogantes y críticas, en el sentido que la idea original del procedimiento de licenciamiento no era cerrar universidades con más de cincuenta (50) años de funcionamiento, perjudicando a miles de alumnos. La idea tampoco era ir contra la moratoria, ni mucho menos introducir un trato diferenciado de discriminación negativa mediante el Decreto Supremo Nº 016-2019-MINEDU, publicado el 21 de octubre de 2019, por el cual se da una nueva oportunidad a las universidades públicas no licenciadas, ignorando a las universidades privadas no licenciadas, soslayando que la educación tiene la calidad de servicio público.
(*) Abogado y analista político
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